En la ciudad de --------------- a -- de ----- de 2----
R E U N I D O S
DON ------------------- , mayor de edad, vecino de -----, con domicilio en la calle ------------ nº ----, y DNI --------
DOÑA ---------------------- , con domicilio en la Urbanización Polígono de --------------------, en------------------------------ y DNI nº
Ambos se reconocen plena capacidad para otorgar la presente PROPUESTA DE CONVENIO REGULADOR de los efectos de su regular la COMUNICACIÓN Y VISITAS DEL PROGENITOR RESPECTO DE SU HIJA, --------------------------------------------:
E X P O N E N
I.- Don ---------------- y Doña ----------- mantuvieron una relación de pareja durante ------------ años, y fruto de la misma nació el día ------- de septiembre de 2----, una hija llamada, ---------------------------------, quien cuenta en la actualidad con -- años, como se prueba con la certificación de nacimiento, que aporto como documento número dos.
II.- Don -------------------- presentó demanda de medidas previas a demanda de Hijos Extramatrimoniales, que se tramitan en el Juzgado de Primera Instancia nº ------- de --------------, con el número de autos -------, donde se llegó a un acuerdo, recogiéndose las medidas en el auto de fecha -- de --- de ------.
III.- Los comparecientes han decidido elevar a definitivas las medidas previas acordadas, salvo pequeñas matizaciones en cuanto a las vacaciones de verano, que reflejaremos en este documento, así aquéllos a tal fin:
A C U E R D A N
Primero.- La menor quedará bajo la guarda y custodia de su madre, siendo la patria potestad compartida entre ambos progenitores.
Segundo.- El padre tendrá el siguiente régimen de comunicación y visitas con su hija:
Los fines de semana alternos desde los viernes a la salida del Colegio hasta las 20:00 horas del domingo, debiendo entregarla en el domicilio materno.
Además, el padre podrá comunicar con la menor entre semana los martes, miércoles y jueves desde las 16:00 horas hasta las 20:00 horas, cuando a dicho progenitor no le toque el fin de semana.
Por su parte, en la semana en que la menor vaya a estar con el padre el fin de semana, podrá comunicar con el mismo, los martes y jueves de de 16:00 horas a las 20:00 horas.
Asimismo, el padre compartirá con la menor la primera mitad de las vacaciones escolares de Navidad, Semana Santa los años pares, y la segunda mitad los años impares.
Por mitad de vacaciones se entiende, respecto de la Navidad , desde el día 23 de diciembre a las doce horas de la mañana hasta las doce horas del día 31 de diciembre; y la segunda mitad, desde las doce horas del citado 31 hasta las doce horas del día 6 de enero.
Respecto a la Semana Santa , desde las 19:00 horas del viernes anterior a dicha semana hasta las doce horas del Miércoles Santo, correspondiendo la segunda mitad desde dicha hora y día hasta las 20:00 horas del Domingo Santo.
En cuanto a las vacaciones de Verano, el padre comunicará con la menor la primera mitad del mes de julio-15 días-en los años pares, y la segunda mitad del mes de julio en los años impares. Igualmente, en el mes de agosto el padre comunicará con la menor la primera mitad del mes de agosto-15 días-en los años pares, y la segunda mitad del mes de agosto en los años impares.
En el día de Reyes y cumpleaños de los menores, el progenitor que no tenga a los menores en su compañía podrá disfrutar de las mismas cuatro horas .
Los progenitores permitirán la comunicación telefónica de los mismos con la menor, con aquél que no la tenga en su compañía.
Tercero.- Don --------------, en concepto de pensión alimenticia para la menor, la cantidad de ------------------------ EUROS (------€) MENSUALES, dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante ingreso en la cuenta corriente nº --------------------- de la Entidad -----------, cantidad que será revisada anualmente conforme al aumento del IPC.
Cuarto.- Asimismo, Los progenitores acuerdan abonar por mitad los gastos extraordinarios que genere la menor, entendiéndose como tales, los gastos médicos que no sean cubiertos por la Seguridad Social , previo acuerdo entre ambos, salvo en caso de urgencia, y siempre acreditando dichos gastos con la factura correspondiente y debidamente cumplimentada.
Quinto.- Los padres decidirán de mutuo Acuerdo, el Colegio donde cursará sus estudios la menor, proponiendo cada uno 3 Colegios para tomar la decisión correcta, en caso de no llegar a un acuerdo, se someterá al criterio judicial.
Y, en prueba de conformidad, y con el expreso compromiso de ratificarse en todo su contenido en presencia judicial, de mutuo acuerdo, firman el presente convenio, en el lugar y fecha al principio indicado.
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