El programa específico de empleo.
(Real Decreto 1917/2oo8, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género)
Las mujeres víctimas de violencia de género, que estén inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo, podrán ser beneficiarias de este programa de inserción sociolaboral, que incluye las siguientes medidas de actuación:
Itinerario de inserción sociolaboral individualizado.
Programa formativo específico para favorecer la inserción sociolaboral por cuenta ajena.
Incentivos para favorecer el inicio de una nueva actividad por cuenta propia.
Incentivos para las empresas que contraten a víctimas de violencia de género.
Incentivos para facilitar la movilidad geográfica.
Incentivos para compensar diferencias salariales.
Convenios con empresas para facilitar la contratación de mujeres víctimas de violencia de género y su movilidad geográfica.
La gestión de estas medidas corresponde a los Servicios Públicos de Empleo.
ES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 400 RESPUESTAS
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSION ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales. |